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News
¿Qué puedo hacer si heredo un piso? Aspectos a tener en cuenta
 15

  JUL

¿Qué puedo hacer si heredo un piso? Aspectos a tener en cuenta

El fallecimiento de un familiar o un ser querido conlleva la realización de una serie de gestiones que se multiplican cuando somos legítimos herederos de sus bienes.
 
Sobre todo, cuando recibimos algún inmueble en herencia, las dudas que nos surgen son muchísimas, desde los aspectos jurídicos hasta los trámites administrativos y la valoración de los inmuebles. Por eso, cuando nuestros clientes se encuentran en una situación así, desde Aportalia ofrecemos una guía de los pasos a dar y el asesoramiento de nuestra red de colaboradores.
 
Además, entendemos que la familia del causante puede estar pasando por momentos difíciles y, como nos dice Raúl Muñoz, gerente de Fincas Muñoz y socio de Aportalia, agradecen que les expliquemos los trámites de manera clara y sin dudas y además, les aportamos la tranquilidad de saber que si quieren vender el inmueble, les vamos a ayudar con los trámites con todo el equipo de Aportalia detrás”.
 
También es cierto que cada vez hay más renuncias a las herencias de inmuebles, especialmente si hay cargas sobre las propiedades y si la carga impositiva va a ser elevada para los legítimos herederos. En 2018, en Aragón, 1.085 personas renunciaron a su herencia, una diferencia considerable con el año 2011, cuando se produjeron 508 renuncias.
 
Sí hay que señalar que en Aragón entró en vigor la reforma del Impuesto de Sucesiones y Donaciones el 01/11/2018 elevando el importe límite de la reducción a favor del cónyuge, ascendientes y descendientes, a 500.000 euros.
 
En este artículo queremos dar respuesta a algunas de las dudas más frecuentes que tienen nuestros clientes después de recibir un inmueble en herencia.
 
1. ¿Qué tengo que hacer para conocer qué inmuebles forman parte de la herencia?
 
Una vez sabemos que somos legítimos herederos, deberíamos obtener una relación de los inmuebles que forman parte de la herencia.  Lo más habitual es que podamos recopilar todas las escrituras de propiedad, pero si queremos saber si los inmuebles tienen algún tipo de carga, es conveniente pedir nota simple de los bienes a nombre de la persona fallecida en el Registro de la Propiedad en el que creemos que están.

Si en una misma localidad hay varios Registros de la Propiedad, lo ideal es solicitar las certificaciones catastrales en la Gerencia del Catastro.

 
2. ¿Qué gastos conlleva recibir un inmueble en herencia?
 
La aceptación de la herencia, cuando existen inmuebles en el caudal relicto, debe realizarse en escritura pública ante notario. El cálculo de los honorarios notariales dependerá del número de herederos o los folios utilizados, entre otros factores.
 
En cuanto al impuesto de plusvalía ante el Ayuntamiento de Zaragoza, en la actualidad, está bonificada al heredar una vivienda habitual familiar.
En este enlace a la web del Ayuntamiento de Zaragoza encontrarás más información. 
 
El impuesto de Sucesiones y Donaciones  tiene en Aragón la reducción ya mencionada  y el coste de la inscripción de la escritura de aceptación de herencia en el Registro de la Propiedad se calculará en función del valor catastral del inmueble.

 
3. ¿Cuál es el valor de la vivienda heredada?
 
A la hora de valorar los bienes inmuebles del caudal hereditario, con el propósito de venderlos, hay que tener en cuenta el valor de mercado, valoración que las inmobiliarias que integramos APORTALIA MLS realizamos; este valor puede diferir del que se determina para la Aceptación de la Herencia, el cual se puede obtener con esta aplicación que el Gobierno de Aragón ofrece.

 
“En caso de que el valor declarado en la Aceptación de Herencia sea mayor que el precio de venta, Hacienda puede abrir expediente de reclamación de impuestos por el importe de la diferencia”, explica Raúl Muñoz
 
 
4. ¿Debo aceptar la herencia, si voy a vender el piso?
 
Sí, aunque tu intención sea vender el inmueble heredado, debe constar escritura de aceptación de herencia, que otorga la propiedad y por tanto, la capacidad para disponer del inmueble para su venta.

 
5. ¿Qué tengo que hacer con el inmueble heredado si quiero ponerlo a la venta?
 
En Aportalia le acompañamos en el proceso de venta. Es habitual que sea aconsejable acondicionar la vivienda para lograr una venta en el mejor precio posible y en un tiempo razonable; para ello, “hacemos equipo con otros profesionales para acompañar al cliente en todo el proceso hasta la venta, incluso la asesoría fiscal en el caso de las herencias o los gremios necesarios para llevar a cabo las reparaciones y/o el acondicionamiento que el inmueble requiera”, afirma Raúl Muñoz.
 
 
6. ¿Qué ocurre cuando los herederos son no forzosos?
 
Se considera herederos forzosos a los ascendientes, descendientes y cónyuges del causante. Son herederos no forzosos los hermanos, sobrinos, … y cualquier otro que no esté incluido en el grupo definido como herederos forzosos.
 
En el caso de que los herederos sean no forzosos, en la compraventa de un inmueble es de aplicación el Artículo 28 de la Ley Hipotecaria que dice: Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptúanse las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de herederos forzosos.”
 
Esta limitación, que sólo es de aplicación cuando los herederos son no forzosos, puede suponer una dificultad importante en el caso de que el comprador requiera financiación, pues varias entidades financieras no conceden préstamo hasta transcurridos los 2 años desde la fecha de fallecimiento del causante, momento a partir del cual sí es posible la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.
 
 
De todas formas para cada caso siempre es conveniente el estudio individualizado y ver qué opciones hay para la venta y cuál es la mejor estrategia a seguir para lo cual estamos para ayudarte.
 

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